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Cuáles son las rentas exentas de tributación que no tienes que incluir en la declaración de la Renta 2018

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Adrián Francisco Varela v_de_varela adrianfvarela adrianfvarela Redactor de Economía en Business Insider Licenciado en Periodismo y Master en Radio. Lejos de las ondas y de Galicia, me dedico a macro, empleo, vivienda y asuntos exteriores. Adrián Francisco Varela
Submitted by Adrián Francis… on Sáb, 03/02/2019 - 09:36
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  • Existen 16 tipos de rentas o de ganancias que están exentas de tributación y que, por lo tanto, no debes incluir en la declaración de la Renta 2018.
  • No hay que pagar impuestos por las indemnizaciones por despido o de responsabilidad civil y determinadas ganancias patrimoniales, por ejemplo.
  • La principal novedad de la Renta 2018 es la exención de la prestación por maternidad.

Aunque tras revisar tu borrador de la declaración de la Renta 2018 pueda parecerte lo contrario, no todo en esta vida está sujeto a impuestos. Determinados ingresos, ayudas, retribuciones y ganancias patrimoniales están exentos de impuestos y debes cerciorarte de que no los incluyes al presentar tu declaración de la Renta 2018, especialmente después de los últimos cambios.

Esas exenciones está determinadas por ley como medida para evitar la doble imposición y para la protección fiscal hacia determinados colectivos, como, entre otros, los mayores de 65 años, los estudiantes becados, los trabajadores despedidos o desplazados al extranjero y, desde 2018, las mujeres que hayan sido madres recientemente.

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No obstante, no solo estos colectivos disfrutan de exenciones, dado que hay al menos 14 categorías de rentas por las que no se tributa, tal y como figura en el informe Planificación de la Renta 2018, que publica como cada año el Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF), órgano especializado en fiscalidad del Consejo General de Economistas.

14 tipos de ingresos, rentas y ganancias exentas de impuestos

#1– Prestación por maternidad: esta prestación está exenta de impuestos por primera vez este año tras una sentencia del Tribunal Supremo del pasado octubre, por lo que no se debe imputar esta ayuda como rendimiento del trabajo. Además, se pueden reclamar los impuestos que se hayan pagado por ese concepto en los años anteriores, desde 2014.

#2– Indemnización por despido laboral: si eras trabajador por cuenta ajena y te despidieron en 2018 tu finiquito está libre de impuestos, salvo que supere los 180.000 euros. El REAF asegura además que "en el caso de un despido improcedente, para acogerse a la exención es necesario que el reconocimiento de la improcedencia se produzca en el acto de conciliación ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC) o bien mediante resolución judicial".

#3– Remuneración por trabajos en el extranjero: si eres un trabajador expatriado, el sueldo que hayas recibido fuera de España está exento, hasta un límite máximo de 60.100 euros anuales, o 30.000 euros en el caso de Navarra, y siempre que el país o países en el que hayas trabajado no se considere paraíso fiscal.

#4– Indemnizaciones por responsabilidad civil: si en 2018 has sido compensado por haber sufrido daños personales en un accidente de tráfico, una negligencia médica o por discriminación sexual, no tendrás que pagar impuestos por la cuantía que hayan reconocido los tribunales, una exención a la que también se pueden acoger los herederos, aunque en este caso se aplique por el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.

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#5– Pago único de la prestación de desempleo: si has entrado en desempleo el año pasado y has elegido cobrar todo tu paro de una sola vez para emprender o incorporarte como socio a una cooperativa o sociedad laboral. Eso sí, el informe del REAF puntualiza que "esta exención está condicionada al mantenimiento de la acción o participación durante el plazo de 5 años en el supuesto de que el contribuyente se hubiera integrado en sociedades laborales o cooperativas de trabajo asociado".

#6– Retribuciones laborales en especie: si tu empresa te paga un seguro médico o te entrega cheques-restaurante o cheques-transporte, esa remuneración está libre de impuestos.

#7– Ganancias patrimoniales por transmisión de patrimonio a partir de los 65 años de edad: a partir de esa edad, hay varias situaciones en las que un cambio en el patrimonio está exento de la declaración de la Renta. Este es el caso de la transmisión de la vivienda habitual o de otro elemento del patrimonio, aunque en este caso tiene que haberse invertido todo el importe recibido en construir una renta vitalicia asegurada, hasta un tope de 240.000 euros.

#8– Ganancias patrimoniales por transmisión de vivienda habitual: si has vendido tu vivienda habitual y has reinvertido todo el dinero recibido en la venta en comprarte otra casa antes de 2 años, ese importe estará también libre de tasas.

#9– Ganancias patrimoniales por extinción de comunidad de bienes: si te has divorciado o formabas parte de un condominio que se ha disuelto, no tienes que incluir en la declaración de la Renta 2018 las ganancias que recibas por ello.

#10– Becas: están exentas tanto las que ofrecen entidades públicas como las que cuentan con beneficios de mecenazgo para estudios en todos los niveles del sistema educativo, hasta un máximo de 6.000 euros anuales, un tope que duplica el que estaba vigente hasta 2018.

#11– Planes de Ahorro a Largo Plazo: si cuentas con un PALP materializado en un seguro de vida o un depósito, su rentabilidad no está sometida a impuestos siempre que hayas aportado 5.000 euros como máximo.

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#12– Planes Individuales de Ahorro Sistemático: si tienes un PIAS desde hace al menos 5 años y has rescatado su importe en 2018, te ahorrarás los impuestos de la rentabilidad acumulada hasta se produzca el cobre de la renta vitalicia. 

#13– Donación de un negocio familiar: si tienes más de 65 años y has vendido tu negocio familiar o tu participación en una sociedad familiar a tus descendientes, el dinero que recibas estará exento dentro de lo que marca el Impuesto de Sucesiones.

#14– Préstamos entre familiares: en este caso, la REAF advierte de que "debe tener en cuenta que la norma establece una presunción de retribución, aunque cabe prueba en contrario, por lo que nada impide que el préstamo no devengue intereses o estos sean inferiores a los de mercado. Sin embargo, para destruir la presunción de onerosidad o para demostrar que no se trata en realidad de una donación, es conveniente estar preparado".

Axel Springer Spain Existen 14 tipos de rentas o de ganancias que están exentas de tributación y que, por lo tanto, no debes incluir en la declaración de la Renta 2018.